LA PAZ, Bolivia, 22.11.2023, (JA).- La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) «desestima» el recurso de recusación planteada en contra de los vocales Tahuichi Tahuichi Quispe y Dina Chuquimia, por el delegado del Movimiento al Socialismo (MAS) de la facción de Evo Morales.
En ese contexto, tanto Tahuichi como Chuquimia continúan habilitados para participar de la revisión de la resolución del Organo Electoral que rechazó el registro y las determinaciones asumidas por dicha facción en el Congreso del MAS desarrollada en la localidad de Lauca Ñ.
La decisión fue asumida en la reunión de Sala Plena realizada hoy, 21 de noviembre, por el presidente interino del TSE, Fernando Vargas, y las vocales Nancy Gutiérrez, Nelly Arista y Yajaira San Martín, quienes evaluaron la recusación interpuesta por Diego Ernesto Jiménez Guachalla.
“La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral, en uso de sus atribuciones conferidas por ley resuelve: desestimar la recusación formulada por Diego Ernesto Jiménez Guachalla, delegado del partido político MAS-IPSP, contra los vocales del Tribunal Supremo Electoral, Tahuichi Tahuici Quispe y Dina Agustina Chuquimia Alvarado”, se lee en la resolución TSE-RSP-ADM N° 0369/2023.
Jiménez, ex viceministro de Justicia del gobierno de Morales, argumentó en su impugnación que los vocales “manifestaron opinión públicamente y con anterioridad al conocimiento de la causa”, en alusión al congreso de Lauca Ñ, que se realizó el 3 y 4 de octubre, y que “tienen enemistad” contra el MAS.
En su defensa, Chuquimia explicó que en las entrevistas que concedió sólo cumplió con su obligación de informar los alcances de la resolución del TSE del 31 de octubre, en el que se determinó, por unanimidad de sus miembros, rechazar el registro y las determinaciones del X Congreso Nacional Ordinario del MAS-IPSP, porque se evidencia que Morales y otros elegidos en la directiva incumplieron los requisitos establecidos en su estatuto y en la convocatoria al Congreso.
Por su parte, el vocal Tahuichi Quispe acusó a los “evitas”, impetrantes de la recusación, de tener la “intención de desprestigio en un acto de acoso laboral, discriminación y hostigamiento”, por su condición de “vocal indígena”.
Después de valorarse todos los elementos presentados por las partes, la Sala Plena del TSE determinó que la recusación solicitada por Jiménez no cuenta “con la prueba pertinente e idónea de respaldo” para apartar del caso a Tahuichi y Chuquimia.
“Consecuentemente, este tribunal llega a la convicción de que la recusación interpuesta no cumple con el artículo 353-1 del Código Procesal Civil, aplicable al caso por disposición del artículo 221 de la Ley N 026, por lo que la misma resulta manifiestamente improcedente, correspondiendo en aplicación del parágrafo IV de la misma norma, y por lo tanto corresponde desestimar dicho incidente sin más trámite”, apunta la resolución.
Resuelta la recusación, ahora el TSE tratará el Recurso extraordinario de Revisión a la Resolución TSE-RS.ADM N°0344/2023 que rechazó el X Congreso Nacional Ordinario de la organización política MAS-IPSP, por incumplimiento de requisitos de varios de los miembros elegidos en la directiva, entre ellos Morales.
De acuerdo a la normativa, la Sala Plena del TSE tiene 15 días calendario para resolver los recursos extraordinarios de revisión, plazo que correrá desde el momento que el expediente sea radicado en la Sala Plena.
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