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Alcaldía de La Paz ejecutó 18 boletas de garantía por Bs 469.931 el 2017 por incumplimiento de contrato

El Gobierno Autónomo Municipal de La Paz (GAMLP), ejecutó 18 boletas de garantía a empresas contratistas por un monto total suman 469.931 bolivianos, por incumplimiento de contratos el año 2017.

La ejecución contractual fue realizada en el marco del Decreto Supremo 181 que establece las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.

«En ese sentido cumplimos todo lo que establece la normativa y a partir de eso el municipio genera protocolos e instrumentos además de sistemas internos que permiten generar un control interno institucional adecuado», sostuvo Álvaro Blondel, secretario Ejecutivo Municipal.

La autoridad edil aseveró que la ejecución de las 18 garantías se dio a raíz del incumplimiento total del contrato, y esto a su vez, como consecuencia de la ejecución del documento Seriedad de Propuesta o Cumplimiento de Contrato cuando se genera perjuicio a la Alcaldía.

«Esto debido a que las empresas no cumplieron con las especificaciones que se han determinado desde el inicio de la la firma del contrato», acotó.

Entre las 18 empresas contratistas a las que se les ejecutó boletas están, Los Tanos SRL, Distribuidora Cambre, Equimuebles, Constructora Egos SRL, Empresa Nacional de Construcciones Enaco Ltda., Constructoa Guarachi Kuscevic, Los Tanos SRL, Consires SRL, Eminlaga SRL y la empresa constructora multidisciplinaria Inproarc SRL.

A la lista se suman Bisonte construcción e ingeniería SRL, Conhevi SRL, endoscopia laboratorio técnico – Vladimir Eduardo Salaues Rioja, empresa constructora – consultora Eliseo Villca Molina SRL, constructora Zacariconst SRL, JYC de representaciones importaciones y exportaciones SRL, Sercla SRL y endoscopia laboratorio técnico – Vladimir Eduardo Salaues Rioja.

«La ejecución de estas multas fue por los plazos que se tenían previsto al cierre de la contratación. Las garantías se dan cuando presentas la Seriedad de la Propuesta al inicio del proceso con el que tenemos un cobro de garantías al inicio del proceso por el incumplimiento de dicho documento», explicó Blondel en boletín institucional.

Entonces en ese marco del Decreto Supremo 181 todos los procedimientos están acompañados de un documento base de contratación que estable las diferentes multas y la ejecución de garantías que «asumen y deben cumplir» las empresas, agregó Blondel.
«En cambio la multa es una sanción diferente a la ejecución de boletas de garantía que se aplica a las empresas en la ejecución del contrato por el incumplimiento de plazos y especificaciones técnicas», concluyó el Secretario Ejecutivo.

Si una empresa no cumple con los plazos se le ejecuta la Seriedad de la Propuesta y en otro momento es al cierre del contrato se hace una cronología de toda la ejecución del proceso y a partir de eso se establece, si es necesario, un cobro total o parcial de las garantías.

Consultado si hay empresas que se niegan a pagar las garantías de cumplimiento de contrato dijo que: ellos tienen el espacio para presentar la documentación para justificar sus retrasos junto con los informes que corresponden.

Javier Alanoca
Javier Alanocahttps://www.javieralanoca.com
Periodista Independiente de Bolivia que no responde a ideologías, tendencias políticas o corrientes sociales. CEO en Tierra Global Multimedia Fui periodista en Radio Fides, Unitel y ATB Soy editor general en periódico digital Tierra Plus y Global Press Agency (GPA) Community Manager

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