A 48 horas de haber negado que Brasil había realizado la activación procesal, una vez ejecutada la aprehención de Pedro Montenegro en 2015, el presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), José Antonio Revilla, advirtió hoy (15.05.2019) que existe una alteración del contenido del Auto Supremo 075/2015, que impidió la extradición de Pedro Montenegro, acusado por los delitos de tráfico de sustancias controladas y asociación delictuosa en Brasil.
«De evidenciarse la adición, supresión o la posibilidad de que haya dos autos supremos, el Tribunal Supremo (de Justicia) va a hacer la denuncia correspondiente sin importarnos quiénes sean los responsables», aseguró Revilla a los periodistas.
Revilla explicó que el Auto Supremo 75/2015 de 21 de junio de 2015 dispuso, que al no existir datos precisos acerca del paradero del acusado en Bolivia, se ordenó el mandamiento de detención en el ámbito nacional.
Sin embargo, detalló que Montenegro, amparado en el Auto Supremo 075/2015 «modificado», presentó una acción de libertad ante el Juzgado de Partido, de Sentencia Penal, de Niñez y Adolescencia, y Mixto del municipio de Cotoca, departamento de Santa Cruz, para conseguir que el juez de esa jurisdicción emitiera, el 16 de diciembre de ese año, la resolución 01/2015, para defenderse en libertad.
«En Sala Plena no encontramos físicamente esos dos autos supremos, consiguientemente, entendemos que hay dos versiones, llamaríamos así de los autos supremos, uno que dispone la detención preventiva y otro que no dispone nada, este hecho habría sido advertido por el Tribunal Constitucional», remarcó.