El Tribunal Supremo Electoral (TSE) asevera que la agrupación política Sol.Bo no logró reunir el número de firmas de militantes requeridas para que se le otorgue la personería jurídica de partido político con alcance nacional.

Sol.Bo, «presentó 131.970 registros habilitados para la verificación técnica, que implica el cotejo de datos con el padrón electoral biométrico para constatar que se trata de registros únicos y genuinos (sin datos incompletos o falsos, ni duplicados o con registro en otras organizaciones políticas). De los 131.970 registros verificados, 34.260 tenían observaciones no subsanables», informó en un comunicado.

El Órgano Electoral sustenta su decisión en la Ley de Partidos Políticos, que establece que Sol.Bo debía presentar 100.228 registros válidos de militantes, pero luego de la verificación técnica y jurídica realizada por la Dirección Nacional de Tecnologías de la Información y Comunicación (DNTIC) y la Secretaría de Cámara del TSE, se contabilizaron 68.728 registros válidos.

El Tribunal Electoral elaboro la siguiente tabla de cifras que detalla los registros de militantes validos y descalificados:

Cuadro del TSE

El Tribunal sostuvo, mediante un comunicado, que Sol.Bo presentó 131.970 registros habilitados para la verificación técnica, de los cuales 34.260 tenían observaciones no subsanables, por diferentes razones como doble registro, doble militancia, difuntos, menores de edad y otras.

Cuadro del TSE

Además de los registros no subsanables, la verificación técnica identificó asimismo 28.982 casos de registros con sobreescritura o enmienda no salvada, además de casos sin el sello del notario.

En relación a este trámite, las autoridades electorales afirmaron que la Resolución TSE/RSP/JUR N° 062/2018 de rechazo a la otorgación de la personalidad jurídica solicitada, y que será formalmente notificada a la agrupación ciudadana Sol.Bo, responde estrictamente al cumplimiento de plazos y procedimientos enmarcados en la Ley y el Reglamento, así como a un trabajo técnico de verificación partida por partida.

Sol.Bo no logró el mínimo requerido de registros para ser partido político de alcance nacional debido exclusivamente a errores y observaciones en sus libros de militantes. Cabe destacar que el TSE tuvo la máxima amplitud en atender y posibilitar la solución de observaciones subsanables, para lo cual se devolvieron a Sol.Bo, en fecha 14 de junio de 2018, 255 libros observados, los cuales luego fueron tomados en cuenta en la verificación.

El Tribunal Electoral informaron que con arreglo a la nueva Ley de Organizaciones Políticas (Ley N° 1096, de 1° de septiembre de 2018), la agrupación ciudadana departamental Sol.Bo puede iniciar inmediatamente su trámite de conversión en partido político (mecanismo no contemplado en la anterior normativa).